Cubre los gastos que genere la reclamación al contrario causante del accidente de circulación, tanto por la vía amistosa como por la judicial, por los daños que nos hayan producido en nuestro vehículo o en nuestra persona, y normalmente suele incluirse en el seguro obligatorio.
La protección jurídica generalmente también incluye los gastos que se le pueden originar al asegurado por su defensa ante los Tribunales de lo penal, cuando es acusado de una falta o un delito con motivo de la circulación.
A excepción de los que tengan un seguro a todo riesgo sobre el vehículo, la protección jurídica es interesante contratarla además del seguro obligatorio, si no la incluye.