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Asociación para la defensa de los consumidores y usuarios de la provincia de Alicante | ![]() |
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Productos envasados por los titulares del comercio minoristaLos productos envasados por los titulares del comercio minorista que se presenten así el mismo día de su envasado para su venta inmediata en el establecimiento, deben indicar en la etiqueta los mismos datos que se exigen a los productos ya envasados, salvo que no será necesario expresar el lote, y la identificación de la empresa se referirá siempre al envasador. Las frutas, hortalizas, tubérculos o frutos secos que estén envasados de forma que permitan a simple vista identificar el producto, deberán indicar en el etiquetado: - La denominación de venta, la variedad, la categoría de calidad y el origen, cuando así lo exija la norma de calidad del producto. - la cantidad neta. - la identificación de la empresa. - el precio |
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