Las menciones obligatorias exigidas deberán figurar en una etiqueta cuyas dimensiones mínimas han de ser de 9,50 centímetros de longitud y 4 centímetros de altura, en caracteres legibles e indelebles.
Los productos descongelados para ser puestos directamente de nuevo a la venta en el mercado presentados como frescos deberán ir acompañados, además de la fecha de caducidad, de una mención indicando que se trata de un producto descongelado
Si los productos congelados se presentan al consumidor final sin envase, la información obligatoria se expondrá en una tablilla o cartel sobre el producto o próximo a él, y habrá de incluir las siguientes especificaciones:
1.- Denominación comercial de la especie
2.- Método de producción
pesca extractiva o pescado
pescado en aguas dulces
criado o acuicultura o marisqueo
3.- Zona de captura o de cría
Para la pesca en agua dulce y para el pescado de cría se indicará el Estado miembro o país tercero donde se haya pescado o cultivado
4.- Forma de presentación comercial: entero, filetes y otros
5.- Denominación: producto congelado
6.- Precio